Las prejubilaciones se suelen plantear
a trabajadores de más de 55 años
y unos mínimos de cotización
La prejubilación es un actor importante en el mundo de las relaciones de la empresa y el trabajador, que ha crecido más de un 20% según datos de la Seguridad Social (SS) y al que cada vez se acogen más sociedades. Pero en ellas van explícitos e implícitos muchos factores a tener en cuenta antes de aceptarlas, y es importante tener en cuenta algunos asuntos a la hora de afrontarlas.
En nuestro país, por normal general, las prejubilaciones se les plantea a trabajadores de más de 55 años, que lleven un tiempo en la empresa y cierta cotización en la SS. Al no estar regulados estos acuerdo en un marco nacional, normalmente son los comités de empresa quienes llegan a acuerdos con estas para pactar una serie de condiciones, y son los empleados quienes voluntariamente se adhieren a ese acuerdo.
En nuestro país, por normal general, las prejubilaciones se les plantea a trabajadores de más de 55 años, que lleven un tiempo en la empresa y cierta cotización en la SS. Al no estar regulados estos acuerdo en un marco nacional, normalmente son los comités de empresa quienes llegan a acuerdos con estas para pactar una serie de condiciones, y son los empleados quienes voluntariamente se adhieren a ese acuerdo.
Prejubilación y jubilación anticipada: diferencias
La jubilación anticipada produce una reducción de la cuantía de la pensión. En el momento en que se produzca la jubilación se aplicará, por cada trimestre o fracción de trimestre, un coeficiente reductor en función de los años cotizados por el trabajador.
La prejubilación, por su parte, no está contemplada en el ámbito de la Seguridad Social (@empleogob). Es común en contextos de despidos colectivos, en los que el empresario y el trabajador, cercano a la edad de jubilación, y que no puede acceder a esta por edad y por no acreditar el número suficiente de años cotizados, pueden acordar la baja en la empresa a cambio de una indemnización. Esa indemnización acordada con el empresario se percibe junto a la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo, hasta poder acceder a la anticipada, siempre que se cumplan los requisitos
¿Cuánto dura la prejubilación?
Lo usual es que se ofrezca a trabajadores con edades cercanas a la edad de jubilación, pero no existe una norma fija. La empresa puede ofrecerla a aquellos trabajadores que, por ejemplo, cumplan los 56 años o más a lo largo de un ejercicio. En este caso, dura desde el momento en que el trabajador y el empresario deciden romper su vinculación laboral y firmar un pacto de prejubilación hasta que el empleado llega a la edad de jubilación, momento en el que deja de ser prejubilado y pasa a ser jubilado y dependiente por tanto del sistema público de la Seguridad Social.
Tiempo cotizado
El factor más importante antes de que un trabajador acceda a una prejubilación, debe ser el de repasar sus tiempo cotizado en la SS. Ya que estos marcarán la cuantía de la pensión que cobre a partir de ese momento. Por tanto, no se aconseja que se acceda a ella si el trabajador va a percibir menos de un 60% de la pensión total que le correspondería cotizando hasta la edad de jubilación marcada por la Seguridad Social. Incluso si esa cuantía sigue siendo escasa debido al sueldo percibido, se recomienda esperar mínimo hasta obtener el 80% del total si se quiere acceder a la prejubilación.
¿Puede el trabajador pedir la jubilación voluntaria anticipada?
Sí, puede, pero esta le será concedida siempre y cuando cumpla una serie de requisitos, entre los que se encuentran tener cumplida una edad que sea inferior en 2 años, como máximo, a la edad ordinaria de jubilación en cada año; encontrarse en alta en la SS o situación similar al alta; acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35, del período de cotización, al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la fecha de acceso a la jubilación; y que el importe de la pensión a percibir sea superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad.
¿Pueden prejubilarse los autónomos?
En la figura del autónomo no se trata de una prejubilación, sino de una jubilación anticipada. Con carácter general, para tener derecho a recibir anticipadamente la pensión se exigen requisitos comunes a los trabajadores por cuenta ajena: tener cumplida una edad que como máximo sea inferior en dos años a la legal de jubilación que les corresponda y también tener al menos 35 años cotizados a la Seguridad Social.
La Ley exige que el importe de la pensión a percibir ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula anticipada. Eso sí, se les veta la posibilidad de la jubilación anticipada forzosa (debido a despidos o situaciones similares) o por situación de crisis, sí reconocidas para el régimen general.
¿Cuales son los coeficientes reductores para la jubilación anticipada voluntaria?
Según la web de la Seguridad Social, los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que decidan jubilarse anticipadamente de manera voluntaria serán del 8% (por año adelantado de jubilación) con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 y seis meses y menos de 41 y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 y seis meses cotizados y menos de 44 y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 y seis meses.
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