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jueves, 11 de marzo de 2021

DESPIDOS COLECTIVOS

 


LOS DESPIDOS COLECTIVOS Y LA INCOHERENCIA DEL MINISTRO  DE SEGURIDAD SOCIAL

El ministro Escrivá responsable de la Seguridad Social viene anunciando medidas de endurecimiento para las jubilaciones anticipadas y la necesidad de aumentar la edad real de jubilación. Al parecer ésas son sus mejores soluciones para los problemas financieros que aquejan al sistema público de pensiones. No es de extrañar viniendo de donde viene, el neoliberalismo más recalcitrante.


Simultáneamente a las palabras del ministro, observamos como grandes empresas, telecomunicaciones, automóvil, banca, etc.., anuncian la tramitación de ERES para despedir a miles de trabajadores y, de paso, hacer más rentables sus negocios.


Para estos ERES o despidos colectivos, que afectan a trabajadores mayores de 55 años, el art 51.9 del Estatuto de los Trabajadores y la disposición adicional 14a de la LGSS, exigen que dichas empresas abonen las cuotas de convenio especial respecto de los trabajadores afectados hasta los 61 años (o 63 si el despido no obedece a causas económicas). ¿Pero quien abona las pensiones de jubilación a partir de esas edades hasta el cumplimiento de la edad legal de jubilación? Las paga el presupuesto del sistema público de pensiones, las pagan quienes trabajan con sus cotizaciones sociales.


Es decir, por un lado, el ministro pontifica contra las jubilaciones anticipadas y exige elevar la edad de jubilación. Por otro lado, las grandes empresas expulsan del mercado laboral a miles de trabajadores que cobrarán la jubilación de manera anticipada a costa del presupuesto de la seguridad social. Una vez más se aplica la ley del embudo, ancha para las grandes empresas, estrecha para el sistema público de pensiones.

Pero aún hay más perjuicio para el presupuesto de la seguridad social:las jubilaciones parciales.

La jubilación parcial consiste en que la empresa puede jubilar parcialmente a un trabajador de 62 años, con una reducción hasta el 25 % de jornada (pagando el INSS el 75% de la pensión de jubilación parcial), realizando un contrato de relevo del resto de la jornada con un trabajador relevista.


Esta modalidad de jubilación supone una carga adicional a los presupuestos de la seguridad social, ya que ésta paga la pensión desde los 62 años a los 65 (o a la edad legal que le corresponda). El coste para la S/S desde 2001, según datos publicados por El País, ha sido de más de 30.000 millones de euros, al tiempo que ha supuesto un ahorro para las empresas de más de 2.000 millones de euros anuales en costes laborales.

Desde el MPD y COESPE, aunque no nos oponemos a esos tipos de jubilación, exigimos que el gobierno obligue a las empresas que se beneficien de los ERES y jubilaciones parciales para ahorrarse costes, a que asuman los gastos que generan al presupuesto de la seguridad social, capitalizando en la TGSS, el costo de las citadas jubilaciones hasta que los interesados cumplan la edad legal que les hubiera correspondido para jubilarse.


GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES

PUBLICAS SE DEFIENDEN

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